Desnudo, transparencia y moral pública
Se ha puesto de moda el desnudo. Lo ha estado siempre en decoración y en arte. Hay desnudos también en la Capilla Sixtina. Ya se lo dijo Miguel Ángel al Papa: "Dios creó desnudo al hombre, santidad". Luego no hay duda de que los desnudos pueden ser divinos aunque no coincidan con la moral ni con la protección de la infancia. En museos, encontramos cuadros representando desde las majas desnudas hasta las más variadas escenas bíblicas. Las diosas griegas, como medida de la perfección del cuerpo, fueron el indicativo de la naturaleza humana perfectible. Desnudos se llevan a cabo para protestar por el sacrificio de ciertos animales cuyas pieles se transforman en abrigos. Desnudos se practican en ciertos locales de ocio para el entretenimiento de los clientes. El desnudo ha sido utilizado en publicidad para el anuncio de prestigiosos perfumes. Los pueblos amazónicos y los africanos que viven integrados en la naturaleza hacen del desnudo la senda natural de la vida. El desnudo en las publicaciones fue también un elemento tradicionalmente demostrativo de la libertad en los pueblos recién liberados de dictaduras Ahora, el desnudo publicitario se ha instalado en la política. Hemos visto candidatos desnudarse, exhibirse desnudos para transmitir un mensaje de campaña. La desnudez quiere ser el equivalente de la honestidad y la transparencia. Pero no se había presentado en campaña electoral, en Cataluña, ningún spot publicitario exhibiendo a supuestos seguidores de un partido mostrando su desnudez junto al candidato también desnudo. Tampoco nunca se había presentado en campaña electoral, como reclamo, un niño también desnudo. Lo vimos por televisión, en octubre 2010, bajo el lema "Rebélate", promoviendo una llamada a la revolución cívica que no prosperó, a la vista del escaso número de votos y diputados que obtuvo el partido en cuestión. Pero en democracia hay que respetar la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de la Infancia, de 20 de noviembre de 1989. Esta convención internacional señala la obligación de proteger a la infancia contra toda forma de perjuicio o de abuso físico, recomendando que la educación no sea contraria a los valores nacionales del país en el que viva, señalando, además, limitaciones por razones de moralidad pública. Además, la Ley 8/95 de 27 de julio de la Generalitat de Cataluña señala la obligación de proteger a la infancia en la participación en anuncios que promocionen actividades prohibidas a los menores, pues puede llegar a ser contraria a la dignidad humana, discriminatoria y contraria al decoro social y a la moralidad pública. No sabemos que dirían nuestros antepasados de Atapuerca. Pero sí que la sociedad actual, con todo lo permisiva que pueda llegar a ser, no reaccione frente al uso de desnudos infantiles en publicidad electoral, como el que admira un cuadro de Rubens, significa que se pone en el lindero de lo no recomendado y desautorizado por la Convención y por la propia Ley de Publicidad española. También es sorprendente que no haya trascendido ninguna queja pública de los defensores de la moral, que tanto se muestran en los sectores conservadores de nuestra sociedad, contra el uso de niños desnudos en spots publicitarios electorales. Pero lo cierto es que cuando se quiere desnudar el alma de los evasores fiscales y los que se aprovechan de los dineros públicos para fines no humanitarios, vemos con naturalidad que nada extraño ha ocurrido, aunque los límites de la moral hayan sido rebasados ampliamente con conductas no ejemplares. Y quizás lleguemos a que se reprenda a los que investigan y descubren los fraudes y los caminos que conducen a los tesoros ocultos a los llamados paraísos fiscales.
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